Torres Ospina ConsultoresTorres Ospina ConsultoresCuidemos juntos lo que más amasSolicitar una asesoría →

Hablemos

contacto@inversionyproteccion.com.mx

Seguro de auto y moto

¿El seguro de auto es obligatorio en México?

La respuesta corta

Sí, en vías, caminos y puentes federales. La Ley de Caminos obliga a que todos los vehículos que transiten por ellos cuenten con un seguro que garantice a terceros los daños en sus bienes y personas, y la contratación es responsabilidad del propietario. El mínimo que fijó la Secretaría de Hacienda son 50,000 pesos en daños materiales y 100,000 en lesiones y muerte. Y ahí está la parte incómoda: cumplir ese mínimo no es estar protegido — es no estar infringiendo la ley.

Sólo manejo en la ciudad, a mí no me aplica

Puede ser cierto respecto de la ley federal y aun así ser una mala idea. Esa ley obliga en vías federales; cada entidad tiene su propia regulación de tránsito para calles y carreteras locales, y varía. Pero lo que no cambia con la jurisdicción es la obligación de reparar: quien causa un daño con un vehículo responde, y ahí no hay frontera municipal que valga.

Obligatorio no quiere decir suficiente

Son dos cosas distintas y la publicidad las confunde a propósito. El seguro obligatorio cubre lo que le hagas a otros, hasta esos topes, y no paga un peso de tu propio vehículo. Cien mil pesos es lo que la ley considera el piso para responder por una lesión o una muerte; el costo real de un caso grave —hospital, incapacidad, sostén de una familia— lo supera muchas veces, y esa diferencia la paga tu patrimonio.

Qué dice exactamente la ley

La obligación está en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y su texto es breve: todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo. La contratación es responsabilidad del propietario.

La misma ley encarga a la Secretaría de Hacienda, oyendo a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, establecer las reglas de operación y un monto mínimo de cobertura.

Y añade una protección que conviene conocer porque se ignora todo el tiempo: por ningún motivo se puede obligar a los propietarios de vehículos a contratar el seguro con alguna institución en específico. Si un trámite, un crédito o un concesionario te dice que tiene que ser con su aseguradora, esa exigencia no se sostiene en esta ley.

El monto mínimo, y por qué es un piso y no un objetivo

Las reglas que expidió la Secretaría de Hacienda fijan la cobertura mínima en dos renglones:

Daños materiales: 50,000 pesos. Daños a personas, lesiones y muerte: 100,000 pesos.

Son cantidades del acuerdo de 2014 y la propia Secretaría se reservó la facultad de revisarlas cada año según la siniestralidad. Cítalas siempre con esa fecha, porque son pesos nominales de entonces.

Ahora el contraste. Quien conduce un vehículo responde del daño que cause aunque no haya obrado ilícitamente, por la sola velocidad que el vehículo desarrolla, y sólo se libra probando culpa inexcusable de la víctima. Esa obligación no tiene tope: la fija el daño, no la póliza.

Traducido: si causas una lesión que cuesta un millón, el seguro obligatorio pone cien mil y los novecientos mil restantes son tuyos.

Cuántos accidentes hay, para que el número no quede abstracto

En 2025 se abrieron en México 37,930 carpetas de investigación por lesiones culposas en accidente de tránsito y 13,852 por homicidio culposo en accidente de tránsito.

⚠ Miden carpetas de investigación iniciadas, no siniestros asegurados. Cuentan denuncias.

No es un riesgo exótico ni lejano. Es la razón por la que la suma de responsabilidad civil es el número más importante de una carátula de auto, y el que más veces está en el mínimo porque nadie lo revisó.

Una protección que trae este seguro y los demás no

Los seguros de responsabilidad que por disposición legal son obligatorios no pueden cesar en sus efectos, rescindirse ni darse por terminados antes de la fecha de terminación de su vigencia.

Es una garantía fuerte: mientras la vigencia corra, la cobertura obligatoria existe. No aplica igual al resto de las coberturas de tu póliza, que sí pueden caerse por falta de pago en los términos generales de la ley.

Con una contrapartida que conviene tener presente: si la aseguradora paga al tercero y comprueba que hubo omisiones o declaraciones inexactas al contratar, o una agravación esencial del riesgo, puede exigirte directamente el reembolso de lo pagado. El tercero cobra; la cuenta regresa a ti.

Y la suma que aplica es la vigente al contratar

Un detalle que evita sorpresas: para los seguros obligatorios, la aseguradora está obligada a cubrir hasta los montos indemnizatorios o sumas aseguradas que establezcan las disposiciones aplicables vigentes al celebrarse el contrato.

Si el mínimo se actualiza después de que firmaste, tu póliza responde por el que estaba vigente el día que la contrataste. Es una razón más para revisar la suma en cada renovación en lugar de renovar en automático.

El dato que pone todo esto en perspectiva

En 2023 circulaban en México 38.04 millones de automóviles y sólo 11.98 millones estaban asegurados: el 31.49 %. Es decir, 26.06 millones circulando sin seguro, pese a la obligación legal.

Eso tiene una consecuencia práctica para ti aunque tú sí cumplas: si te chocan, hay dos tercios de probabilidad de que el responsable no tenga con qué responder. La única cobertura que te protege de eso es la de daños materiales de tu propio vehículo, que el seguro obligatorio no incluye.

Qué revisar hoy en tu póliza

Primero, cuánto tienes de responsabilidad civil — si dice 100,000, estás en el mínimo legal. Segundo, si tienes daños materiales, que es lo que te protege cuando el culpable no puede pagar. Tercero, la vigencia, porque la protección de no-cancelación corre con ella. Y cuarto, si alguien te condicionó la aseguradora al comprar el coche o al pedir el crédito, porque la ley no lo permite.

Cómo lo acompañamos

Revisamos tu carátula y te decimos si estás en el mínimo legal o por encima, y cuánto costaría subir la suma de responsabilidad civil a un nivel que corresponda al riesgo real.

Si te condicionaron la aseguradora, te decimos con la ley en la mano que no pueden hacerlo y cómo plantearlo.

Y ponemos el número sobre la mesa sin adornos: qué pasaría con tu patrimonio si causas un accidente grave con la suma que tienes hoy.

Marco legal

  • Todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo; la contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo

    Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, art. 63 Bis · fuente oficial

  • Por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de vehículos a que contraten el seguro con alguna institución de seguros en específico

    Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, art. 63 Bis · fuente oficial

  • Tratándose de los seguros obligatorios, la aseguradora estará obligada a cubrir los riesgos asegurados hasta los montos indemnizatorios o las sumas aseguradas que se establezcan en las disposiciones legales o administrativas respectivas, vigentes al celebrarse el contrato

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 145 · fuente oficial

  • Los seguros de responsabilidad que por disposición legal tengan el carácter de obligatorios no podrán cesar en sus efectos, rescindirse ni darse por terminados con anterioridad a la fecha de terminación de su vigencia; y si la aseguradora paga al tercero y comprueba omisiones o inexactas declaraciones del contratante, o agravación esencial del riesgo, podrá exigirle directamente el reembolso de lo pagado

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 150 Bis · fuente oficial

  • Quien hace uso de mecanismos peligrosos por la velocidad que desarrollen está obligado a responder del daño que cause, aunque no obre ilícitamente, a no ser que demuestre que el daño se produjo por culpa o negligencia inexcusable de la víctima

    Código Civil Federal, art. 1913 · fuente oficial

Cuánto pasa en México

  • La cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil que contraten los propietarios de los vehículos es de 50,000 pesos en daños materiales y 100,000 pesos en daños a personas por lesiones y muerte, según el acuerdo de 2014 de la Secretaría de Hacienda, que puede revisar anualmente esos montos conforme a la siniestralidad del año anterior

    Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Acuerdo 07/2014 por el que se expiden las Reglas para la operación del seguro con el que deberán contar los propietarios de los vehículos para transitar en vías, caminos y puentes federales, regla TERCERA · dato 2014 · fuente oficial

  • En 2025 se abrieron en México 37,930 carpetas de investigación por lesiones culposas en accidente de tránsito y 13,852 por homicidio culposo en accidente de tránsito

    Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, incidencia delictiva del fuero común · dato 2025 · fuente oficial

  • En 2023 circulaban en México 38.04 millones de automóviles y 11.98 millones estaban asegurados, el 31.49% del parque; quedan 26.06 millones circulando sin seguro

    Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, Sistema Estadístico del Sector Asegurador del ramo Automóviles, SESA 2023 · dato 2023 · fuente oficial

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta alrededor de ésta.

¿Es obligatorio el seguro de auto en México?

Sí en vías, caminos y puentes federales: la Ley de Caminos obliga a que todos los vehículos que transiten por ellos cuenten con un seguro de daños a terceros, y la contratación es responsabilidad del propietario.

¿Cuál es la cobertura mínima?

Las reglas de la Secretaría de Hacienda fijan 50,000 pesos en daños materiales y 100,000 en daños a personas por lesiones y muerte, cantidades del acuerdo de 2014 que la propia Secretaría puede revisar anualmente.

¿El seguro obligatorio cubre mi coche?

No. Cubre lo que le causes a terceros, hasta esos topes. Tu vehículo lo cubre la cobertura de daños materiales, que va contratada aparte.

¿Pueden obligarme a contratar con una aseguradora en particular?

No. La ley dice que por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de vehículos a contratar el seguro con alguna institución de seguros en específico.

¿Me pueden cancelar el seguro obligatorio a media vigencia?

No. Los seguros de responsabilidad que por disposición legal son obligatorios no pueden cesar en sus efectos, rescindirse ni darse por terminados antes de la fecha de terminación de su vigencia.

Quién responde por esta página

Revisado por Carlos Andrés Torres Ospina, Director de Torres Ospina Consultores. Agente de seguros con cédula B M393241, autorizada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

Empecemos

¿El seguro de auto es obligatorio en México?

¿Sabes si tu póliza está en el mínimo legal o por encima? Mándanos la carátula por WhatsApp: te decimos cuánto tienes de responsabilidad civil, qué pasaría con tu patrimonio en un accidente grave y qué costaría subirla.

La primera cita es un diagnóstico, no una venta. Si de ahí no sale nada que te convenga, te lo decimos.

Déjanos tus datos

Te contactamos nosotros — sin call center y sin spam.