Me lo tienen que dar donde compré la moto
No. La ley lo prohíbe con todas sus letras: por ningún motivo se puede obligar a los propietarios de vehículos a contratar el seguro con alguna institución de seguros en específico. Si compraste la moto a crédito, quien te financia puede exigirte que esté asegurada —eso es legítimo, protege su garantía—, pero no puede imponerte con quién. Es un derecho que casi nadie usa y que suele valer varios miles de pesos al año.
El mínimo se calculó para la víctima, no para tu tranquilidad
Es la confusión que más caro sale, y en moto se nota más que en coche. Cien mil pesos existen para que la persona lesionada no se quede sin nada de inmediato, no para dejar resuelta una incapacidad permanente ni la manutención de una familia. La diferencia entre esa cifra y el daño real te la reclaman a ti, y no guarda ninguna relación con lo que vale tu moto: puede valer 40,000 pesos y el daño que causa, varios millones.
Qué dice exactamente la ley
La obligación vive en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en un artículo añadido en 2013. Tres cosas dice, y las tres importan:
Primera: todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo. «Todos los vehículos» — la norma no distingue por número de ruedas ni por cilindrada.
Segunda: la contratación es responsabilidad del propietario. Si le prestas la moto a alguien y esa persona no la aseguró, el incumplimiento sigue siendo tuyo.
Tercera: Hacienda, oyendo a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, fija las reglas y el monto mínimo, procurando la accesibilidad económica y la disponibilidad para su contratación. Esa frase es la razón de que exista un producto barato de sólo responsabilidad civil.
Cuánto es el mínimo y qué daños cubre
El acuerdo de Hacienda de 2014 fijó dos cifras:
| Qué | Mínimo | |---|---| | Daños materiales a terceros | 50,000 pesos | | Daños a personas: lesiones y muerte | 100,000 pesos |
Sólo cubre a terceros. No cubre tu moto, no cubre tus lesiones y no cubre a tu acompañante si tu contrato lo trata como ocupante. Quien busca «qué cubre el seguro obligatorio» suele imaginar una protección propia que ese producto nunca prometió.
La ley añade un detalle técnico que conviene conocer: para los seguros obligatorios, la aseguradora responde hasta los montos que fijen las disposiciones respectivas vigentes al celebrarse el contrato. Si el mínimo sube el año que viene, tu póliza de este año sigue amarrada al de este año.
⚠ Hacienda puede revisar anualmente esos montos según la siniestralidad del año anterior. No localizamos un acuerdo posterior que los modifique, y por eso las citamos con el año del acuerdo que las publica.
Cuánto pasa en México
De cada 100 motocicletas aseguradas en 2023, 3.22 tuvieron un siniestro de responsabilidad civil, con un costo medio de 14,390 pesos.
Ese número dice dos cosas a la vez y conviene leer las dos. El costo medio está muy por debajo del mínimo legal, así que la mayoría de los casos cabe holgadamente en 100,000 pesos. Pero un promedio esconde su cola: los casos graves —una incapacidad permanente, una muerte— no cuestan catorce mil pesos, y son justamente los que arruinan a una familia. El mínimo protege el caso común; el caso raro es el que hay que cubrir por encima del mínimo.
⚠ El dato mide siniestros de motos aseguradas reportados al sector, no accidentes totales del país.
Y en la ciudad, ¿también?
La ley federal manda en vías federales. Varias entidades tienen además su propia obligación en el reglamento de tránsito local, con montos y sanciones propios, y otras no. Como cambia por estado y se reforma seguido, aquí no publicamos una lista que envejece en meses: lo que sí aplica en todo el país es el mínimo federal, y lo que conviene revisar es el reglamento vigente de tu estado.
La consecuencia práctica no cambia: si causas un daño y no tienes cobertura, lo pagas tú, haya o no multa de por medio.
La póliza obligatoria no se cancela a mitad del camino
Vale saberlo antes de firmar y sobre todo antes de intentar darla de baja. Los seguros de responsabilidad que por disposición legal son obligatorios no pueden cesar en sus efectos, rescindirse ni darse por terminados antes de que termine su vigencia.
Es una protección pensada para el tercero, no para la aseguradora: la ley evita que la cobertura desaparezca a media vigencia y deje a la víctima sin respaldo.
Qué revisar en tu póliza
Si trae responsabilidad civil y con qué suma asegurada, comparada con los 50,000 y 100,000 del mínimo. Si estás por encima del mínimo y por cuánto. Si la moto está financiada, quién exige el seguro y si te impusieron aseguradora. Y la vigencia, que la parte obligatoria corre por el plazo completo.
Cómo lo acompañamos
Comparamos tu suma de responsabilidad civil contra el mínimo legal y te decimos, en pesos, cuánto quedaría a tu cargo en un escenario grave.
Si te financiaron la moto, revisamos qué exige el contrato de crédito y qué no puede exigirte, para que ejerzas el derecho de elegir aseguradora.
Y armamos la póliza para el caso raro y caro, no para el trámite: el mínimo se cumple solo, lo que hay que decidir es cuánto por encima.
Marco legal
Todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas por la conducción del vehículo, y la contratación del seguro será responsabilidad del propietario del vehículo
Por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de vehículos a que contraten el seguro con alguna institución de seguros en específico
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, establecerá las reglas para la operación del seguro, procurando la accesibilidad económica y la disponibilidad para su contratación, y para tal efecto establecerá un monto mínimo de cobertura de la póliza
Tratándose de los seguros obligatorios, la aseguradora estará obligada a cubrir los riesgos asegurados hasta los montos indemnizatorios o las sumas aseguradas que se establezcan en las disposiciones legales o administrativas respectivas, vigentes al celebrarse el contrato
Los seguros de responsabilidad que por disposición legal tengan el carácter de obligatorios no podrán cesar en sus efectos, rescindirse, ni darse por terminados con anterioridad a la fecha de terminación de su vigencia
Cuánto pasa en México
La cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil que contraten los propietarios de los vehículos es de 50,000 pesos en daños materiales y 100,000 pesos en daños a personas por lesiones y muerte, según el acuerdo de 2014 de la Secretaría de Hacienda, que puede revisar anualmente esos montos conforme a la siniestralidad del año anterior
En 2023, por cada 100 motocicletas aseguradas en México hubo 3.22 siniestros de responsabilidad civil, con un costo medio de 14,390 pesos
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta alrededor de ésta.
¿Es obligatorio el seguro de moto en México?+
En vías, caminos y puentes federales sí. La ley exige que todos los vehículos que transiten por ellas cuenten con un seguro que garantice a terceros los daños en sus bienes y personas, sin exceptuar a las motocicletas.
¿De cuánto es el seguro obligatorio?+
El acuerdo de Hacienda de 2014 fijó un mínimo de 50,000 pesos en daños materiales y 100,000 pesos en daños a personas por lesiones y muerte.
¿Qué daños cubre el seguro obligatorio de una motocicleta?+
Sólo los que causas a terceros, en sus bienes y en sus personas. No cubre tu moto, tus lesiones ni las de tu acompañante cuando el contrato lo trata como ocupante.
¿Quién es responsable de contratarlo?+
La ley señala al propietario del vehículo, aunque en el momento del accidente lo conduzca otra persona.
¿Me pueden obligar a asegurar con una aseguradora en particular?+
No. La ley establece que por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de vehículos a contratar el seguro con alguna institución de seguros en específico.
¿Puedo cancelar el seguro obligatorio antes de que termine?+
Los seguros de responsabilidad que por disposición legal son obligatorios no pueden cesar en sus efectos, rescindirse ni darse por terminados antes de la fecha de terminación de su vigencia.
Revisado por Carlos Andrés Torres Ospina, Director de Torres Ospina Consultores. Agente de seguros con cédula B M393241, autorizada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.