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Seguro de auto y moto

¿Qué requisitos piden para contratar un seguro de auto?

La respuesta corta

Hay dos listas y conviene no confundirlas. La de la aseguradora es corta: identificación oficial, datos del vehículo —marca, modelo, versión, número de serie y placas—, domicilio donde se guarda y datos del conductor principal. La de la ley es distinta y está escrita a tu favor: te deben entregar las condiciones generales antes de que firmes —si no lo hacen, no quedas obligado por tu propia oferta— y la póliza debe llegarte con ocho datos, en caracteres fácilmente legibles.

Dicté los datos por teléfono y ya quedó

Quedó, y por eso mismo hay que revisarlo. El contrato se perfecciona desde que sabes que aceptaron tu oferta, así que ya estás cubierto — pero las declaraciones firmadas son la base del contrato, y un dato dictado de memoria que salió mal es el argumento que aparece el día del siniestro. Serie, versión y domicilio donde se guarda el coche son los tres que más se equivocan y los tres que más pesan.

El requisito que la ley te da a ti, no a la aseguradora

Casi todo el mundo entiende «requisitos» como lo que le van a pedir. La parte que nadie usa es la contraria. Las condiciones generales deben figurar en el mismo formulario de oferta que te entrega la aseguradora, o remitirse al proponente para que las incluya en la oferta que va a firmar. Si la aseguradora no cumple con eso, el proponente no queda obligado por su oferta. Es una salida legal para quien firmó a ciegas.

Lo que pide la aseguradora

Del vehículo: marca, modelo, versión exacta, número de serie, placas y —si lo estás comprando— la factura o el contrato de crédito. La versión importa más de lo que parece: define la suma asegurada y la estadística de robo que se aplica.

De ti: identificación oficial, domicilio, y el domicilio donde se guarda el vehículo, que suele ser un factor de tarifa. Del conductor principal: edad y licencia vigente del tipo que corresponde al vehículo.

Si el coche está financiado, la institución acreedora aparecerá como beneficiaria preferente hasta por el saldo, y eso también se documenta al contratar.

Lo que exige la ley, que es lo que casi nadie revisa

Antes de firmar. Las condiciones generales deben figurar en el formulario de oferta o remitirse al proponente. Si no se cumple, no quedas obligado por tu oferta.

Al declarar. Estás obligado a declarar por escrito, conforme al cuestionario, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcas o debas conocerlos. Y las declaraciones firmadas son la base del contrato.

En la póliza. Debe contener ocho puntos: nombres y domicilios de los contratantes con la firma de la aseguradora; la designación de la cosa asegurada; la naturaleza de los riesgos garantizados; el momento desde el que se garantiza el riesgo y su duración; el monto de la garantía; la cuota o prima; en su caso, la mención de que se trata de un seguro obligatorio; y las demás cláusulas legales o lícitamente convenidas.

En la forma. Para que puedan surtir efectos probatorios contra ti, la póliza, sus cláusulas adicionales, los certificados, las notas de cobertura y las solicitudes deben estar escritos o impresos en caracteres fácilmente legibles. La letra ilegible no juega a favor de quien la imprimió.

Los treinta días que empiezan cuando llega la póliza

Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concuerdan con la oferta, puedes pedir la rectificación dentro de los treinta días que sigan al día en que la recibas. Pasado ese plazo, se consideran aceptadas las estipulaciones.

Es el plazo más corto y más ignorado de todo el proceso. El día que llega el sobre es el mejor momento para abrirlo, no el peor.

Y si nunca te la entregan

Dos cosas que conviene tener claras. La primera: estás cubierto igual. El contrato no puede sujetarse a la condición de que se entregue la póliza ni a la del pago de la prima, y la aseguradora no puede eludir su responsabilidad con cláusulas que digan que el seguro no entra en vigor hasta el primer pago.

La segunda: puedes exigir el documento. La aseguradora está obligada a expedir, a solicitud y costa del asegurado o beneficiario, copia o duplicado de la póliza y de las declaraciones hechas en la oferta.

Pídelo por escrito y guarda el acuse. Ese papel sirve para que llegue y para dejar constancia de que no había llegado antes.

Lo que necesitas tener resuelto antes de circular

En vías, caminos y puentes federales el seguro de daños a terceros es obligatorio, y la contratación es responsabilidad del propietario del vehículo. El mínimo que fijó la Secretaría de Hacienda es de 50,000 pesos en daños materiales y 100,000 en lesiones y muerte, cantidades del acuerdo de 2014.

Y un derecho que se ignora todo el tiempo: por ningún motivo pueden obligarte a contratar con una aseguradora en específico. Si un concesionario o un crédito te lo condiciona, esa exigencia no se sostiene en la ley.

El contexto, para saber en qué grupo estás

En 2023 circulaban en México 38.04 millones de automóviles y sólo 11.98 millones estaban asegurados: el 31.49 %. Contratar te pone en una minoría de tres de cada diez.

Conviene saberlo por una razón práctica más que estadística: si te chocan, dos de cada tres veces el responsable no tendrá con qué responder, y ahí la única cobertura que sirve es la de daños materiales de tu propio vehículo.

Cómo lo acompañamos

Revisamos la solicitud antes de firmarla, dato por dato, porque serie, versión y domicilio son los tres que más veces salen mal y los que más pesan después.

Verificamos que la póliza traiga los ocho puntos que la ley exige y que coincida con lo que se pidió, dentro de los treinta días que hay para rectificar.

Y te decimos, sin adornos, si la suma de responsabilidad civil que traes está en el mínimo legal o en un nivel que corresponda al riesgo real.

Marco legal

  • Las condiciones generales del seguro deberán figurar en el mismo formulario de ofertas suministrado por la aseguradora, o bien remitirse al proponente para que las incluya en la oferta que ha de firmar y entregar; el proponente no estará obligado por su oferta si la aseguradora no cumple con esta disposición, y las declaraciones firmadas por el asegurado serán la base del contrato

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 7 · fuente oficial

  • El proponente estará obligado a declarar por escrito a la aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 8 · fuente oficial

  • La aseguradora estará obligada a entregar al contratante una póliza en la que consten los derechos y obligaciones de las partes, con los nombres y domicilios de los contratantes y la firma de la aseguradora, la designación de la cosa asegurada, la naturaleza de los riesgos garantizados, el momento desde el que se garantiza el riesgo y su duración, el monto de la garantía, la cuota o prima, la mención en su caso de que se trata de un seguro obligatorio, y las demás cláusulas legales o lícitamente convenidas

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 20 · fuente oficial

  • El contrato de seguro se perfecciona desde el momento en que el proponente tuviere conocimiento de la aceptación de la oferta, y no puede sujetarse a la condición suspensiva de la entrega de la póliza ni a la del pago de la prima

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 21 fracciones I y II · fuente oficial

  • La aseguradora tendrá la obligación de expedir, a solicitud y costa del asegurado o beneficiario, copia o duplicado de la póliza, así como de las declaraciones hechas en la oferta

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 23 · fuente oficial

  • Para que puedan surtir efectos probatorios contra el asegurado será indispensable que estén escritos o impresos en caracteres fácilmente legibles tanto la póliza como los documentos que contengan cláusulas adicionales, los certificados, las notas de cobertura y las solicitudes de seguro

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 24 · fuente oficial

  • Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza; transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 25 · fuente oficial

  • La aseguradora no podrá eludir la responsabilidad por la realización del riesgo mediante cláusulas en que convenga que el seguro no entrará en vigor sino después del pago de la primera prima o fracción de ella

    Ley sobre el Contrato de Seguro, art. 35 · fuente oficial

  • Todos los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros los daños que pudieren ocasionarse en sus bienes y personas; la contratación es responsabilidad del propietario, y por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios a contratar el seguro con alguna institución de seguros en específico

    Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, art. 63 Bis · fuente oficial

Cuánto pasa en México

  • La cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil que contraten los propietarios de los vehículos es de 50,000 pesos en daños materiales y 100,000 pesos en daños a personas por lesiones y muerte, según el acuerdo de 2014 de la Secretaría de Hacienda

    Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Acuerdo 07/2014, regla TERCERA · dato 2014 · fuente oficial

  • En 2023 circulaban en México 38.04 millones de automóviles y 11.98 millones estaban asegurados, el 31.49% del parque

    Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, Sistema Estadístico del Sector Asegurador del ramo Automóviles, SESA 2023 · dato 2023 · fuente oficial

Preguntas frecuentes

Lo que se pregunta alrededor de ésta.

¿Qué papeles piden para contratar un seguro de auto?

Identificación oficial, datos del vehículo —marca, modelo, versión, serie y placas—, domicilio donde se guarda y datos del conductor principal. Si el coche está financiado, también el contrato de crédito.

¿Qué exige la ley que me den a mí?

Las condiciones generales antes de firmar —si no te las dan, no quedas obligado por tu oferta— y una póliza con ocho datos, en caracteres fácilmente legibles.

¿Qué hago si la póliza no coincide con lo que contraté?

Puedes pedir la rectificación dentro de los treinta días siguientes a recibirla. Pasado ese plazo se consideran aceptadas las estipulaciones.

¿Estoy cubierto si aún no me entregan la póliza?

Sí. El contrato no puede sujetarse a la condición de que se entregue la póliza ni a la del pago de la prima, y puedes exigir copia o duplicado a solicitud y costa tuya.

¿Pueden obligarme a contratar con la aseguradora del concesionario?

No. La ley dice que por ningún motivo se podrá obligar a los propietarios de vehículos a contratar el seguro con alguna institución de seguros en específico.

Quién responde por esta página

Revisado por Carlos Andrés Torres Ospina, Director de Torres Ospina Consultores. Agente de seguros con cédula B M393241, autorizada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

Empecemos

¿Qué requisitos piden para contratar un seguro de auto?

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