Por qué la palabra hablada no basta
La ley lo dice sin rodeos: para fines de prueba, el contrato de seguro y también sus adiciones y reformas se harán constar por escrito, y ninguna otra prueba —salvo la confesional— es admisible para probar su existencia.
Traducido a la vida real: subir la suma asegurada, añadir a un hijo, cambiar el domicilio del bien asegurado, corregir un dato del vehículo o mover una cobertura son cambios que existen cuando llega el endoso, no cuando alguien dijo que sí. Mientras tanto, lo que rige es la póliza tal como está.
No es desconfianza hacia nadie. Es que el día que hay un siniestro, la conversación se sostiene con documentos, y una gestión que iba en camino no aparece en ninguna parte.
Tienes treinta días para pedir la corrección
Éste es el plazo que más se desperdicia de toda la póliza. Si el contenido de la póliza o de sus modificaciones no concuerda con la oferta, el asegurado puede pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que la reciba.
Y lo que pasa después es lo importante: transcurrido ese plazo, se consideran aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones. El silencio vale como aceptación, así que guardar el sobre sin abrir tiene consecuencias.
Por eso la única instrucción que damos al entregar una póliza nueva o un endoso es la misma siempre: ábrelo el mismo día y coteja cuatro datos contra lo que pediste. Si algo no coincide, se reclama dentro del plazo, no cuando se necesite.
- Nombres y datos de los asegurados, uno por uno.
- La suma asegurada y las coberturas contratadas.
- El deducible y el coaseguro que se acordaron.
- Las fechas: desde cuándo corre el endoso, que no siempre es la fecha en que lo pediste.
El endoso tiene su propia fecha, y ahí se esconden los huecos
Un endoso no siempre corre desde el mismo día que la póliza madre. Puede tener su propia fecha de inicio, y esa diferencia es la que produce las sorpresas más caras: una cobertura adicional que empezó meses después de lo que la familia recordaba, o un asegurado añadido cuya antigüedad no es la de la póliza sino la de su alta.
En los seguros de personas eso importa el doble, porque de la fecha de alta cuelgan los periodos de espera y la continuidad de lo que ya estaba cubierto. Un endoso mal fechado no rompe la póliza: rompe la antigüedad de una persona dentro de ella.
Qué se puede cambiar por endoso y qué no
Un endoso modifica el contrato dentro de lo que el contrato permite. Cambiar sumas, altas y bajas de asegurados, datos del bien, coberturas adicionales o forma de pago es lo habitual. Lo que un endoso no puede hacer es empeorar en tu perjuicio lo que la norma protege.
En gastos médicos eso está escrito: la renovación —y con ella cualquier ajuste de condiciones— no puede cambiar las limitaciones de cobertura en detrimento del asegurado, ampliar periodos de espera, reducir límites de edad ni pedir requisitos de asegurabilidad, en razón del derecho de antigüedad ya adquirido.
Por eso, cuando llega un endoso que ajusta condiciones, lo primero que comparamos no es la prima: es si alguna de esas cuatro cosas se movió.
El endoso también debe entregarse
La obligación de entrega no es sólo de la póliza inicial. La ley habla del contrato y de sus adiciones y reformas, así que un cambio acordado y nunca documentado deja al asegurado sin nada que enseñar el día que importe.
Y con la entrega arranca de nuevo el plazo de treinta días para pedir rectificación, porque ese plazo aplica a la póliza y a sus modificaciones. Cada endoso abre su propia ventana — y se cierra igual de rápido.
De ahí la costumbre que más disgustos evita en la oficina: cotejar cada endoso el mismo día en que llega, contra lo que se pidió y no contra lo que se esperaba. Son cinco minutos con un plazo legal corriendo detrás.
Cómo lo manejamos
Cada cambio que gestionamos se cierra cuando el endoso está emitido y cotejado, no cuando la compañía confirma que lo va a emitir. Hasta que el documento existe, la póliza sigue diciendo lo que decía.
Y al recibirlo, lo leemos contra lo que se pidió, no contra lo que se esperaba. Es un cotejo de cinco minutos que ha evitado más problemas que cualquier otra costumbre de la oficina.
Marco legal
Un ajuste de condiciones no puede cambiar las limitaciones de cobertura en detrimento del asegurado, ampliar periodos de espera, reducir límites de edad ni solicitar requisitos de asegurabilidad, en razón del derecho de antigüedad
Para fines de prueba, el contrato de seguro y sus adiciones y reformas se harán constar por escrito; ninguna otra prueba, salvo la confesional, es admisible para probar su existencia
Si la póliza o sus modificaciones no concuerdan con la oferta, el asegurado puede pedir la rectificación dentro de los treinta días siguientes a recibirla; transcurrido el plazo se consideran aceptadas
La póliza debe consignar los derechos y obligaciones de las partes, la designación de la cosa o persona asegurada y el momento y duración de la garantía
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta sobre este término.
¿Un endoso cambia mi póliza o es un documento aparte?+
Forma parte de la póliza y la modifica. La ley exige que las adiciones y reformas del contrato consten por escrito para fines de prueba.
Me dijeron por teléfono que ya estaba hecho el cambio. ¿Sirve?+
Para efectos de prueba, no: el cambio se acredita con el endoso escrito. Conviene no dar por cerrada una gestión hasta tener el documento emitido.
Recibí mi póliza y tiene un dato mal. ¿Cuánto tengo para reclamar?+
Treinta días siguientes al día en que la recibes para pedir la rectificación. Pasado ese plazo, las estipulaciones se consideran aceptadas.
¿Desde cuándo aplica un endoso?+
Desde la fecha que él mismo indique, que no siempre coincide con la de la póliza ni con el día en que lo solicitaste. Es el dato que conviene revisar primero.
Revisado por Carlos Andrés Torres Ospina, Director de Torres Ospina Consultores. Agente de seguros con cédula B M393241, autorizada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.