Se quemó parte del mueble, eso es incendio
No siempre. La ley separa el incendio del simple calor, y la frontera es si hubo o no fuego declarado: sin incendio ni principio de incendio, el daño por calor o por contacto con algo incandescente queda fuera, salvo que el contrato pacte otra cosa. Una plancha olvidada que quema la ropa, una brasa que marca la mesa: eso es calor.
Daños materiales y directos» es la frontera
A falta de pacto distinto, sólo responde por el daño material directo: lo que el fuego destruyó, no lo que su ausencia te costó. Ahí está la respuesta a la pregunta que mucha gente hace sin saber que la está haciendo: las pérdidas económicas —lo que dejas de ganar mientras reconstruyes, la renta que no cobras— no entran por defecto. Son otra cobertura y hay que pactarla.
Los cuatro hechos que la ley pone dentro
El artículo que abre el capítulo enumera cuatro: el incendio, la explosión, la fulminación y los accidentes de naturaleza semejante.
Fulminación es el rayo — la palabra es de 1935 y sigue vigente. Y esa última categoría abierta existe para no tener que listar cada hecho parecido uno por uno.
Y el capítulo suma dos ampliaciones a favor del asegurado que casi nadie conoce:
Lo que se rompe al apagarlo cuenta como daño del incendio. Si los bomberos tiran una puerta o el agua arruina un mueble, ese daño entra: la ley lo equipara al daño directo.
Y lo que desaparece mientras arde también. Esa regla es imperativa —no se puede pactar en contra— y deja la carga de la prueba del lado de la aseguradora: para no pagarlo tiene que demostrar que fue robo, no basta con suponerlo.
Cómo se calcula lo que te pagan
Ésta es la parte que casi nadie pregunta y que decide la cifra. La ley fija tres reglas distintas según qué se quemó:
| Qué | Valor indemnizable | |---|---| | Mercancía | lo que cuesta hoy en el mercado | | El edificio | lo que costaría construirlo ahí, descontando lo que se haya deteriorado desde que se levantó; y si no lo reconstruyes, con el valor de venta como techo | | Muebles, aparatos, herramienta y máquinas | lo que costaría comprarlos nuevos, ajustado por los cambios de valor que realmente hayan tenido |
La tercera es la más favorable y la menos conocida: para los muebles, el punto de partida es lo que costaría reponerlos nuevos, ajustado por los cambios de valor que realmente hayan tenido. No es una tabla de depreciación automática.
Después del incendio, cualquiera puede salirse
Conviene saberlo antes de reclamar. Después del siniestro, cualquiera de las dos partes puede rescindir el contrato con previo aviso de un mes. Si quien rescinde es el asegurado, la aseguradora tiene derecho a la prima del periodo en curso.
No es una amenaza ni un castigo: es una regla simétrica. Pero significa que un siniestro puede terminar en la cancelación de tu póliza, y conviene tenerlo presente al planear qué sigue.
Cuánto pasa en México
En 2024, los desastres registrados en el país dejaron daños y pérdidas por 14,434 millones de pesos, repartidos en 283 acontecimientos cuantificados, con 633 defunciones confirmadas. De ese daño, el 83.6 % correspondió a fenómenos hidrometeorológicos y el 16.2 % a fenómenos químicos — la categoría donde viven los incendios.
Ese 16.2 % es la proporción que importa aquí, y explica por qué el incendio rara vez es el titular de la nota: no es lo más frecuente, pero cuando ocurre en una casa se lleva las tres piezas a la vez —inmueble, contenido y a veces la responsabilidad frente a los vecinos.
⚠ La cifra mide daños por desastres cuantificados a nivel nacional, no siniestros de pólizas de hogar. Son universos distintos y no se restan.
Qué revisar en tu póliza
Si la cobertura de incendio incluye explosión y fulminación o sólo el fuego. Si hay pérdidas consecuenciales —lo que dejas de ganar—, que no entran por defecto. Con qué suma está el contenido. Y si tu producto pactó algo distinto sobre el daño por sola acción del calor.
Cómo lo acompañamos
Leemos el capítulo de incendio de tus condiciones y te decimos qué hechos enumera, porque «incendio» en la carátula y «incendio» en la ley no siempre coinciden.
Revisamos si las pérdidas económicas están contratadas, que es lo que decide si un negocio en casa sobrevive al siniestro.
Y ponemos el valor del contenido en números antes de que haga falta, con las tres reglas de la ley sobre la mesa.
Marco legal
En el seguro contra incendio, la empresa aseguradora contrae la obligación de indemnizar los daños y pérdidas causados ya sea por incendio, explosión, fulminación o accidentes de naturaleza semejante
La empresa aseguradora, salvo convenio en contrario, no responderá de las pérdidas o daños causados por la sola acción del calor o por el contacto directo e inmediato del fuego o de una substancia incandescente, si no hubiere incendio o principio de incendio
Si no hay convenio en otro sentido, la empresa responderá solamente de los daños materiales que resulten directamente del incendio o del principio de incendio
Se asimilan a los daños materiales y directos los daños materiales ocasionados a los objetos comprendidos en el seguro por las medidas de salvamento
A pesar de cualquier estipulación en contrario, la empresa responderá de la pérdida o de la desaparición que de los objetos asegurados sobrevengan durante el incendio, a no ser que demuestre que se derivan de un robo
Después del siniestro, cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato con previo aviso de un mes; en caso de que la rescisión provenga del asegurado, la empresa tendrá derecho a la prima por el período en curso
En el seguro contra incendio se entiende como valor indemnizable, para mercancías y productos naturales el precio corriente en plaza; para los edificios el valor local de construcción con las disminuciones ocurridas después de la construcción, sin exceder el valor de venta si no se reconstruye; y para muebles, objetos usuales, instrumentos de trabajo y máquinas, la suma que exigiría la adquisición de objetos nuevos tomando en cuenta los cambios de valor que realmente hayan tenido
Cuánto pasa en México
En 2024 los desastres registrados en México dejaron daños y pérdidas por 14,434 millones de pesos en 283 acontecimientos cuantificados, con 633 defunciones confirmadas, correspondiendo el 83.6 % a fenómenos hidrometeorológicos y el 16.2 % a fenómenos químicos
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta alrededor de ésta.
¿Qué cubre el seguro contra incendio?+
Cuatro hechos: el incendio, la explosión, el rayo —fulminación— y los accidentes que se les parezcan.
¿Cubre las pérdidas económicas por no poder usar la casa?+
No por defecto. A falta de pacto distinto, la respuesta se limita al daño material directo del fuego; lo que dejas de ganar es otra cobertura y hay que contratarla.
¿Y si algo se quema sin que haya incendio?+
Salvo pacto distinto, queda fuera: la ley separa el incendio del daño por simple calor o por contacto con algo incandescente cuando no hubo fuego declarado.
¿Qué pasa con lo que desaparece durante el incendio?+
La aseguradora responde de esa pérdida, y es una regla imperativa: para no pagarla tiene que demostrar que hubo robo.
¿Y los daños que causan los bomberos al apagarlo?+
Se asimilan a los daños materiales y directos los ocasionados a los objetos asegurados por las medidas de salvamento.
¿Cómo calculan lo que me pagan por los muebles?+
El punto de partida es lo que costaría comprarlos nuevos, ajustado por los cambios de valor que esos objetos hayan tenido realmente.
Revisado por Carlos Andrés Torres Ospina, Director de Torres Ospina Consultores. Agente de seguros con cédula B M393241, autorizada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.