Dónde vive, y por eso nadie lo firma
El régimen obligatorio del Seguro Social comprende cinco seguros, y el cuarto es el de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Los otros son riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, y guarderías y prestaciones sociales.
Ser sujeto de ese seguro no depende de que alguien firme nada con una aseguradora: depende de estar en el régimen obligatorio por una relación de trabajo.
De ahí la confusión que esta página existe para deshacer. Cuando alguien busca «seguro de retiro» puede estar preguntando por este ramo del Seguro Social o por un producto privado, y son cosas distintas, con leyes distintas.
Qué protege exactamente
La ley lo enumera sin adornos: los riesgos protegidos por ese capítulo son el retiro, la cesantía en edad avanzada y la vejez del asegurado, así como la muerte de los pensionados por ese seguro.
Son tres contingencias distintas dentro de un mismo ramo, y cada una tiene sus propias reglas de acceso.
El otorgamiento de las prestaciones requiere el cumplimiento de periodos de espera medidos en semanas de cotización reconocidas por el Instituto.
Qué es la cesantía en edad avanzada
La ley la define con precisión y conviene conocerla, porque no es lo mismo que la vejez. Existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado queda privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad.
Es decir, no basta cumplir la edad: la definición incluye quedar privado de trabajo remunerado.
Cuántas semanas de cotización hacen falta para cada prestación no lo decimos aquí: la ley remite a las disposiciones relativas a cada ramo, y esas disposiciones no se leyeron para escribir esta página. Preferimos no dar un número a darlo mal.
Por qué esto importa para una decisión privada
Porque la pregunta que sigue casi siempre es la misma: ¿con esto alcanza? Y esa respuesta depende de las semanas cotizadas, del salario base y del régimen aplicable a cada persona.
Lo que sí puede decirse sin inventar es que el ramo del Seguro Social y el ahorro privado no se excluyen: uno es una prestación de seguridad social ligada al trabajo, el otro es una decisión de ahorro con tratamiento fiscal propio.
Confundirlos tiene un costo concreto: alguien que cree tener resuelto su retiro porque cotiza deja de tomar decisiones que sólo funcionan con muchos años por delante.
Cuánto pasa en México
El hogar promedio mexicano tuvo un ingreso corriente de 77,864 pesos al trimestre, y la suma asegurada promedio de una póliza de vida individual es de 458,306 pesos.
Un retiro tiene que sustituir ese ingreso corriente durante años sin trabajo, no cubrir un evento puntual. Es una escala distinta de la de cualquier otro seguro.
Por eso la conversación útil no es cuál de los dos, sino cuánto falta después de contar lo que ya se tiene.
Cómo lo planteamos nosotros
Partimos de lo que ya existe: si hay cotización al Seguro Social, ése es el piso y hay que contarlo, no ignorarlo para vender más.
Después ponemos el hueco en números: qué ingreso quiere sostener la persona y cuántos años faltan para eso.
Y sólo entonces hablamos de instrumentos privados, con su tratamiento fiscal y su horizonte. En ese orden la conversación es honesta; al revés, es una venta.
Marco legal
El régimen obligatorio comprende los seguros de riesgos de trabajo; enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; y guarderías y prestaciones sociales
Los riesgos protegidos por este capítulo son el retiro, la cesantía en edad avanzada y la vejez del asegurado, así como la muerte de los pensionados por este seguro
El otorgamiento de las prestaciones contenidas en este capítulo requiere del cumplimiento de períodos de espera medidos en semanas de cotización reconocidas por el Instituto
Para los efectos de esta Ley existe cesantía en edad avanzada cuando el asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad
Cuánto pasa en México
El hogar promedio mexicano tuvo un ingreso corriente de 77,864 pesos al trimestre, y la suma asegurada promedio de una póliza de vida individual es de 458,306 pesos
Preguntas frecuentes
Lo que se pregunta sobre este término.
¿Qué es el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez?+
Uno de los cinco seguros del régimen obligatorio del Seguro Social. Protege el retiro, la cesantía en edad avanzada y la vejez del asegurado, y la muerte de los pensionados por ese seguro.
¿Se contrata con una aseguradora?+
No. Es un ramo del régimen obligatorio del Seguro Social, ligado a la relación de trabajo, no un producto que alguien firme con una aseguradora.
¿Desde qué edad hay cesantía en edad avanzada?+
La ley considera que existe cuando el asegurado queda privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta años de edad.
¿Cuántas semanas de cotización necesito?+
La ley condiciona las prestaciones a periodos de espera en semanas de cotización y remite a las disposiciones de cada ramo. No publicamos un número que no verificamos.
¿Es lo mismo que un plan personal de retiro?+
No. Uno es una prestación de seguridad social ligada al trabajo y regulada por la Ley del Seguro Social; el otro es una figura fiscal definida en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Revisado por Carlos Andrés Torres Ospina, Director de Torres Ospina Consultores. Agente de seguros con cédula B M393241, autorizada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.